---
canonical_url: "https://diarioelsol.com.ar/contenido/59222/rechazan-intento-de-la-fiscalia-de-revertir-en-casacion-un-veredicto-absolutorio"
title: "Rechazan intento de la fiscalía de revertir en Casación un veredicto absolutorio dictado por un jurado popular"
article_type: "Article"
main_image: "https://diarioelsol.com.ar/download/multimedia.normal.84c914d9ac34e0f7.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2026-04-09T06:32:00-03:00"
date_modified: "2026-04-09T06:37:11-03:00"
author_name: "TABANO SC"
author_url: "https://diarioelsol.com.ar/usuario/2/tabano-sc"
category_name: "Judiciales"
category_url: "https://diarioelsol.com.ar/categoria/12/judiciales"
---

# Rechazan intento de la fiscalía de revertir en Casación un veredicto absolutorio dictado por un jurado popular

## ![querencio](/download/multimedia.normal.84c914d9ac34e0f7.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

## StartFragment

## En Concordia, la Justicia volvió a marcar un límite claro: **los veredictos de no culpabilidad dictados por un jurado popular no pueden ser revisados**. Así lo resolvió la vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, **María Clara Mondragón Pafundi**, al rechazar el recurso de casación presentado por los fiscales **Evelina Espinosa** y **Mauro Jaume Blanco** contra la absolución del exjefe de Policía departamental, **José Enrique Querencio**.

## El Ministerio Público Fiscal buscaba impugnar la resolución del **13 de marzo de 2026**, cuando doce ciudadanos, reunidos en jurado, declararon **no culpable** a Querencio. Ese veredicto dio origen a la sentencia absolutoria N.º 93. Sin embargo, la magistrada fue categórica: el **artículo 89 de la Ley 10.746** establece que un veredicto absolutorio emitido por un jurado es **definitivo e irrevocable**, y por lo tanto **no admite recurso alguno**.

## Con esa aclaración, Mondragón Pafundi dejó sentado que el proceso penal contra el exjefe policial **quedó concluido** y que la persecución penal se encuentra **extinguida**.

## No es la primera vez que el Ministerio Público Fiscal intenta avanzar sobre un terreno expresamente vedado por la ley. En otras oportunidades, recursos similares lograron llegar a la Cámara de Casación, pero fueron finalmente rechazados por el **Superior Tribunal de Justicia**, que reiteró la vigencia estricta del sistema de jurados y la imposibilidad de revisar sus veredictos absolutorios.

## Querencio había sido acusado de **abuso sexual con acceso carnal** y **abuso sexual con acceso carnal agravado**, supuestamente ocurridos en 2019 dentro de su despacho en la Jefatura Departamental. En 2023 había recibido una condena a **12 años de prisión**, pero en abril de 2024 el **STJ** anuló ese fallo al considerar que el cambio de calificación legal obligaba a que el caso fuera juzgado nuevamente, esta vez por un **jurado popular**, tal como exige la normativa vigente.

## El jurado habló. Y la Justicia, una vez más, recordó que cuando la ciudadanía decide, **su veredicto no puede ser revisado**.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
