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title: "El municipio determinó flexibilización en las restricciones por Covid-19"
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description: "En virtud de la mejora en la situación sanitaria y la condición de Bajo Riesgo Epidemiológico (\"Verde\") en el Semáforo Epidemiológico que goza la ciudad como resultado de las diversas medidas implementadas, el Ejecutivo Municipal estableció -mediante Decreto- flexibilizaciones en las disposiciones, en consonancia con similares medidas determinadas por el Gobierno Nacional y Provincial."
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date_published: "2021-08-12T06:14:00-03:00"
date_modified: "2021-08-12T10:16:23-03:00"
tags:
  - "Flexibilización"
  - "Restricciones"
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# El municipio determinó flexibilización en las restricciones por Covid-19

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Se permiten las reuniones sociales en domicilios particulares hasta un máximo de 10 personas en lugares cerrados, y hasta 20 personas en los casos de que la vivienda cuenta con espacio al aire libre.

Los comercios podrán desarrollar sus actividades dentro de la franja horaria de las 6 a las 21 hs. Mientras que aquellos comercios dedicados a la venta de alimentos y anexos en todos sus formatos comerciales, ya sean almacenes, supermercados, panaderías, verdulerías, kioscos y drugstore, etc, podrán funcionar hasta las 24 hs.

Los comercios del rubro gastronómico podrán funcionar hasta las 01.30 hs, con un aforo del 70% y en estricto cumplimiendo de los Protocolos vigentes para la actividad.

La actividad deportiva habilitada en clubes, podrá realizarse hasta las 23 hs., con un aforo del 50%, sin superar las 200 personas. En los espacios al aire libre, el aforo permitido será del 70%, con un máximo de 400 personas para eventos deportivos locales o provinciales, y un máximo de mil para competencias oficiales nacionales.

La actividad de los Gimnasios y afines podrá realizarse también hasta las 23 hs. con un aforo máximo del 70% de la capacidad máxima habilitada en cada establecimiento.

Las actividades permitidas en Salones de Eventos y afines, están habilitadas según el Protocolo del rubro gastronómico con un aforo del 70%, sin que supere las 100 personas en lugares cerrados y las 150 personas en lugares abiertos.

El Decreto n° 879/2021, establece que la restricción de circulación en la vía pública queda acotado a la franja horaria de las 2 a las 6 de la mañana, quedando exceptuado el personal de las actividades esenciales.

Todas las actividades deberán realizarse cumpliendo los Protocolos de prevención específicos para cada una, y se recuerda que el uso de barbijo sigue siendo una de las principales medidas de prevención para evitar la propagación de los contagios.

**@diarioelsolconcordia**

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